Twitter oficial: www.twitter.com/cnpven

Proyecto Ley Delitos Mediáticos

 
+ Ampliar imagen

 

 
+ Ampliar imagen

 

 

 
+ Ampliar imagen

 


Comentarios


Nombre: Guillermo
Fecha: 04 de agosto de 2009
Comentario: Estos son los artículos de la Ley Contra Delitos Mediáticos que busca acabar con la denuncia a través de los medios. La Fiscal me da la impresión que ha heco el hazme reir del país y de todo el mundo con tan desafortunada propuesta. Ella misma se está cortando la lengua antes de tiempo. Con esa ley cuando deje de ser fiscal no podrá decir ni pío.

Artículo 5. Divulgación de noticias falsas. Toda persona que divulgue a través de un medio de comunicación social, noticias falsas que ocasionen una grave alteración a la tranquilidad pública, pánico en la población, la hubieren mantenido en zozobra, que haya alterado el orden público, que hubieren producido un perjuicio a los intereses del Estado, será castigada con una pena de prisión de dos a cuatro años.
Se aplicará la misma pena a la persona responsable del medio de comunicación social.

Artículo 6. Manipulación de noticias. Toda persona que manipule o tergiverse la noticia, generando una falsa percepción de los hechos o creando una matriz de opinión en la sociedad, siempre que con ello se hubiere lesionado la paz social, la seguridad nacional, el orden público o la salud mental o moral pública, será castigada con una pena de prisión de dos a cuatro años.
Se aplicará la misma pena a la persona responsable del medio de comunicación social.

Artículo 7. Negativa a revelar información. El director, gerente, editor o responsable del medio de comunicación social que se niegue a revelar la identidad del autor de la emisión o artículo periodístico publicado bajo pseudónimo o en forma anónima, cuando ésta le hubiere sido requerida por el Ministerio Público, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.

Artículo 9. Omisión voluntaria de suministrar información. Los propietarios, directivos o responsables de medios de comunicación social que de manera voluntaria e injustificada, se negaran a informar sobre hechos o situaciones cuya falta de divulgación constituya una lesión al derecho a la información consagrado en el artículo 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, serán sancionados con prisión de dos a cuatro años.

Ley especial contra Delitos Mediáticos

Son algunos de los artículos de la Ley especial contra Delitos Mediáticos que el presidente venezolano Hugo Chávez pretende aprobar antes de fin de año. Aparentemente parece una ley hecha para conseguir unos medios de comunicación veraces que no obedezcan más que a la propia realidad. Sin embargo, tampoco hay que ser muy listo para, leyendo el texto, darse cuenta de que todos esos artículos contienen ambigüedades de sobra para que, apoyándose en la legalidad, el Gobierno venezolano pueda quitarse de en medio a cuanto periodista o medio de comunicación le parezca oportuno.

¿Quién decidirá cuándo una noticia lesiona la salud mental de los venezolanos? ¿Puede considerarse que la persona que escribe un artículo de opinión está tergiversando una noticia? ¿Quién se encargará de decidir los hechos que pueden omitirse y los que no?

Está claro que una ley de este tipo pone en grave peligro la libertad de expresión. Sin hablar de censura previa, ya avisa al que se disponga a redactar una noticia: cuidadito con lo que escribes.

No en vano, la ONG Human Right Watch ya ha dicho que Venezuela es el único país de Latinoamérica que está retrocediendo en materia de libertad de expresión, y le pide que de marcha atrás a todas las medidas con las que está consiguiendo que la única voz que pueda escucharse en Venezuela sea la suya (porque es la suya, aunque su megalomanía le haga decir que es “la voz del pueblo venezolano”).

También han mostrado su oposición a esta nueva ley el Colegio Nacional de Periodistas (CNP), Espacio Público, Instituto Prensa y Sociedad (IPYS), el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP), Reporteros Sin Fronteras (RSF), el Instituto de Investigaciones de la Comunicación (ININCO) y Expresión Libre. El comunicado conjunto puede leerse aquí.

Y mientras Chávez espera a aprobar este nuevo golpe a la libertad de expresión, continúan los cierres de medios audiovisuales y se enciende la violencia en la calle.

Ya para terminar, solamente una pregunta: esta misma entrada, de ser publicada en un diario venezolano, ¿supondría una mentira, una tergiversación o un daño a la moral pública suficientemente grande como para que me enchironasen un par de añitos?


Nombre:

Correo(no se publica):

Comentario:


Introduzca código de verificación:




Contralor censurado por negligente

Honor al periodismo libre

Comentarios (0) | 30-06-2010

¡ Exprópiese la libertad de información !

Vienen una serie derepresalias contra los periodistas y medios.

Comentarios (0) | 06-06-2010

Con voz propia, votar por la dignidad

En muchos Secretariados los periodistas exigieron amnistía para los militares.

Comentarios (0) | 03-06-2010

Tácticas de la guerrilla comunicacional

Conozca aquí los tres principios fundamentales de la guerra comunicacional.

Comentarios (5) | 16-04-2010

A propósito de la guerrilla comunicacional chavista

La titular del Minci La licenciada Tania Díaz activó las operaciones en la Unidad Educativa Gran Colombia.

Comentarios (0) | 13-04-2010

     
     


CNP Seccional Caracas
CNP Seccional Zulia
CNP Seccional Cojedes
CNP Costa Oriental del Lago
CNP Seccional Aragua
CNP Seccional Caracas (Twitter)
CNP Seccional Zulia (Twitter)
CNP Seccional Carabobo (Twitter)
CNP Seccional Aragua (Twitter)
Espacio Público
Expresión Libre ONG
Reporteros Sin Fronteras
Federación Internacional de Periodistas
SNTP
Eduardo Galindo APURE